Jueces laborales no pueden variar el tipo de despido solicitado por el trabajador

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Jueces laborales no pueden variar el tipo de despido solicitado por el trabajador

Es en ese contexto que la Corte Suprema determinó que efectivamente la pretensión del demandante era por despido

Si se declara fundada una demanda por un tipo de despido distinto al solicitado por el demandante, el juez laboral vulnera la congruencia procesal y la debida motivación de las resoluciones judiciales.

Este criterio fue expuesto por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente en la Cas. Lab. Nº 1969-2014 Piura, que declaró fundado el recurso presentado por el empleador y nula la sentencia de vista que amparaba la demanda del trabajador.

La Sala Suprema consideró evidente la transgresión procesal debido a que el demandante solicitó en su demanda que se declare su despido como nulo, pero la Sala Superior estimó la pretensión por despido fraudulento, pese a que esto no formó parte del petitorio de la demanda.

La Corte Suprema agregó que el ad quem no sustentó en forma clara y coherente las razones por las que emitió su sentencia, aun sabiendo que el petitorio de la demanda es el que determina la congruencia del fallo.

¿Qué demandó el trabajador despedido?
El trabajador demandaba la nulidad del despido del cual fue víctima y, a su vez, solicitaba se ordene su reposición en el cargo que ocupaba o, en su defecto, se declare el despido arbitrario y se le pague la indemnización respectiva. El ad quo solo estimó la indemnización y concluyó que el despido nulo no había sido probado. Por ende, el juez de primera instancia consideró que no procedía valorar la demanda en ese extremo. Pero, como hemos señalado, la Sala Laboral decidió fundar la demanda pero por despido fraudulento ordenando la reposición del trabajador demandante.

Frente a ello, el empleador interpone recurso de casación. Argumentó en su medio impugnatorio que el fallo de la Sala Superior constituía una sentencia extrapetita que vulneraba sus derechos, pues se había pronunciado sobre cuestiones no sometidas a la controversia.

Es en ese contexto que la Corte Suprema determinó que efectivamente la pretensión del demandante era por despido nulo mas no por despido fraudulento; por lo tanto, consideró que la sentencia de vista devendría en nula por haberse pronunciado sobre una causal no solicitada. Asimismo, aseveró la Corte que dicho fallo infringió el derecho de motivación de las resoluciones judiciales y, en consecuencia, el derecho a un debido proceso tras faltar al principio de congruencia procesal.

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