REGLAMENTAN LEY DE REGISTRO DE DEUDORES

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El deudor de pensiones alimenticias no podrá acceder a empleo público.

La Cámara de Comercio de Lima es el gremio empresarial líder del país, encargados de promover el desarrollo de la libre empresa haciendo respetar sus ...

• El deudor de pensiones alimenticias no podrá acceder a empleo público.
• En el sector privado, el postulante a un empleo privado, deberá de autorizar a su empleador el descuento por deudas alimenticias, de ser el caso.



"REGLAMENTAN LEY DE REGISTRO DE DEUDORES"



Como se recordará, mediante Ley 28970, se creó el Registro de Deudores Alimenticios Morosos, en el cual se registra la morosidad en el pago de pensiones alimenticias contenidas en sentencias consentidas, ejecutivas o que consten en acuerdos conciliatorios.

El sábado 2 de febrero último se ha publicado en El Peruano el DS. 008-2019-jus, con el cual se reglamenta la Ley 28970, modificada por el D. Leg. 1377, que fortalece la protección integral de niñas, niños y adolescentes con derecho a percibir una pensión alimenticia ordenada por el juez.

Al respecto, el reciente reglamento dispone, entre otras cosas, lo siguiente:

1.- El deudor moroso de alimentos inscrito en el Registro de Deudores Alimenticios Morosos (REDAM) no podrá acceder a un empleo público, salvo que autorice a la entidad pública el descuento de la deuda por planilla.

2.- En el sector privado, si bien no se establece limitaciones para el acceso al empleo, el postulante debe autorizar a su empleador el descuento de las pensiones alimenticias ordenadas por el juez, lo que se hará efectivo a través de la planilla electrónica.

3.- Los empleadores del sector privado deben informar a quienes postulen a un empleo y sean deudores alimentarios morosos (aparezcan en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos - REDAM) sobre la importancia del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias y la posibilidad de firmar de una autorización para el descuento por planilla o por otro medio de pago. La oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces comunicará al REDAM la autorización del descuento, dentro de los 3 días hábiles de haber suscrito la autorización.

4.- Las empresas, a través de sus oficinas de recursos humanos o las que hagan sus veces, deben verificar semestralmente si sus trabajadores se encuentran inscritos en el mismo, con la finalidad de incentivar la suscripción de autorizaciones de descuento.

Fuente
Cámara de Comercio de Lima

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