Proceso de divorcio por causal (Primera Instancia)
JUN 24

Proceso de hábeas data (Segunda Instancia)

Cabe interponer recurso de apelación dentro del tercer día de notificada la sentencia....

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Proceso de divorcio por causal (Segunda Instancia)
JUN26
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SOBRE LA LEY DE PLAYAS Y LA DINÁMICA DEL LITORAL
JUN28

Proceso de cumplimiento (Excepciones)

La demanda de cumplimiento debe ser Interpuesta a los sesenta días hábiles de haberse producido la afectación, siempre que el afectado hubiese tenido conocimiento del acto lesivo y se hubiese hallado en posibilidad de interponer la demanda. De lo contrario, se debe computar el plazo desde el momento de la remoción del impedimento...

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SOBRE LA LEY DE PLAYAS Y LA DINÁMICA DEL LITORAL
JUN30

Proceso de cumplimiento (Segunda instancia)

Cabe interponer recurso de apelación dentro del tercer día de notificada la sentencia...

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SOBRE LA LEY DE PLAYAS Y LA DINÁMICA DEL LITORAL
JUN31

Proceso de acción popular (Primera Instancia)

. Cualquier persona puede interponer demanda de acción popular dentro de Cincos años contados desde la fecha de publicación de la norma que se pretende impugnar Dicha demanda debe reunir los siguientes requisitos: designación de la sala ante la cual se interpone; nombre, identidad y domicilio del demandante; denominación precisa y domicilio del órgano emisor de la norma materia de la demanda; expresión de la norma que se pretende impugnar; exposición de los fundamentos de la demanda; la firma del demandante, su representante o su apoderado, y la del abogado....

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SOBRE LA LEY DE PLAYAS Y LA DINÁMICA DEL LITORAL
JUl02

Proceso de acción popular (Segunda Instancia)

Cabe interponer recurso de apelación dentro del quinto día de notificada la sentencia. Posteriormente, se elevarán los autos a la Corte Suprema...

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SOBRE LA LEY DE PLAYAS Y LA DINÁMICA DEL LITORAL
JUl04

Proceso de inconstitucionalidad

Para solicitar la inconstitucionalidad de una norma con rango de ley, los legitimados según el artículo 203 de la Constitución, deben interponer demanda dentro de los seis años contados a partir de su publicación; y, de impugnarse tratados, dentro de los seis meses....

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